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En el Ecuador los derechos de las personas son bases para una vida digna, es por esa
razón que existen garantías para una plena protección, debido a circunstancias en las
que existen violaciones a estos parámetros para vivir en sociedad, y uno de ellos es el
sometimiento mediante violencia y coerciones para una tarea en específica, como lo es
el caso analizado en el presente trabajo de titulación. Por lo tanto, es relevante realizar
una investigación a fondo de las garantías que el Estado ofrece cuando se ha infringido
un derecho constitucional. Es así que, el presente estudio tuvo como objetivo analizar
las medidas de reparación integral en la sentencia de segunda instancia en el Caso
Furukawa; la misma que llevó una metodología con paradigma interpretativo, enfoque
cualitativo, diseño hermenéutico, y con estudio de caso. Así también, el caso a analizar
constituye una relevante cuestión con respecto a los criterios con que fueron dictadas
para los hombres y mujeres abacaleras. De acuerdo a los resultados de la investigación
se obtuvo que de las diez medidas que otorga la Corte Provincial de Santo Domingo de
los Tsáchilas, únicamente seis son consideradas medidas que reparen o reintegren
derechos a las víctimas, además que tampoco cuentan con un profundo desarrollo y
mucho menos son efectivas en su materialización. En consecuencia, se concluye que
las medidas de reparación integral no fueron proporcionalmente dictaminadas a los
daños proporcionados por Furukawa Plantaciones C.A. del Ecuador, sin embargo, se ha
contado con una documentación escasa en donde se informa los avances mínimos de
algunas medidas ordenadas. |
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