Abstract:
El derecho a la salud es reconocido por el Sistema Interamericano de los
Derechos Humanos (SIDH) y la legislación ecuatoriana como un derecho
humano; relacionado con otros derechos de jerarquía constitucional como la vida,
la libertad, la dignidad entre otros, según lo expresa la Constitución Ecuatoriana
(2008) en sus artículos 32 y 66 numeral 2; en consecuencia, este derecho debe
garantizarse en la sociedad ecuatoriana de forma complementaria y no solo
limitarse a la mera prestación de atención médica; sino que, también debe
asegurar la disponibilidad y acceso a medicamentos y tratamientos
especializados, otorgando a las personas con enfermedades catastróficas “un
trato especializado y oportuno. La presente investigación empleara el paradigma
interpretativo, el cual busca profundizar en la investigación a través de diseños
abiertos y emergentes desde la globalización y contextualización. Es así, como
este modelo resulta el adecuado para la recolección de la información, y así
establecer los estándares de aplicación del derecho a la salud, según el contenido
de la jurisprudencia de los instrumentos internacionales. Se concluye que el
estándar de convencionalidad se basa en el principio de que los gobiernos tienen
la obligación de respetar los derechos humanos reconocidos internacionalmente.
Es decir, los gobiernos tienen que respetar los tratados y acuerdos
internacionales de derechos humanos ratificados por ellos mismos, así como los
principios generales del Derecho Internacional.